DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL DUEÑO DE UNA PLAZA DE PARKING
Una plaza de parking no es un trastero o un almacén. Una plaza de parquing es simplemente un lugar destinado a estacionar vehículos aunque estén delimitados.
Las personas que sean propietarias de una plaza de aparcamiento en un edificio tendrán que hacer frente a una serie de obligaciones con la propia comunidad de vecinos. En cuanto a los derechos, el dueño de una plaza de parking para coche tiene derecho a participar en la toma de decisiones a través de la junta de propietarios.
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Tipos de plaza de garaje atendiendo a la comunidad de propietarios
Las viviendas y el garaje constituyen una misma comunidad
En este caso, la plaza de aparcamiento se encuentra integrada en la comunidad de vecinos de las viviendas. Todos los elementos que conforman la finca, como rampas y escaleras, el ascensor, los arreglos del portal, la consejería, la vigilancia y demás son comunes.
El garaje es una comunidad independiente de las viviendas
Pese al hecho de ubicarse en el mismo emplazamiento, viviendas y parking pertenecen a comunidades de vecinos totalmente independientes, por lo que el propietario de una plaza de parquing queda excluido de obligación para abonar cualquier derrama para pisos o reparaciones propias del edificio, salvo aquello que tenga que ver con el garaje.
Obligaciones del dueño de una plaza de parking
- Respetar las instalaciones generales de la comunidad y elementos comunes haciendo un uso adecuado de ellas y evitando que se causen daños o desperfectos.
- Mantener en buen estado de conservación su propia plaza de garaje, sin perjudicar a la comunidad y a otros propietarios.
- Consentir en su propiedad las reparaciones necesarias para la conservación de la comunidad teniendo derecho a ser indemnizado por los daños y perjuicios que le puedan ocasionar.
- Comunicar al secretario de la comunidad el cambio de titularidad en el caso de la venta de la plaza de garaje y designar un nuevo domicilio a efectos de comunicaciones y notificaciones.
- No realizar actividades molestas ni contrarias a la convivencia, que puedan resultar peligrosas, estén prohibidas en los estatutos o resulten dañinas para la propia finca.
- Contribuir al pago de los gastos comunes en proporción a su cuota de participación fijada en el título constitutivo de la comunidad.
- Los propietarios de plazas de garajes tendrán derecho a asistir a las reuniones de la Junta de propietarios y a manifestar su voto en la toma de decisiones.